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Convenio entre Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Ministerio de Trabajo y Economía Social del Gobierno de España para la realización de las programaciones de capacitación técnica e innovación del programa Intercoonecta

01 Sep 2026
Resolución de 26 de agosto de 2026, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y el Ministerio de Trabajo y Economía Social, para la realización de las programaciones de capacitación técnica e innovación del programa Intercoonecta.

Objeto del convenio. El presente convenio tiene por objeto articular la colaboración entre la AECID y MITES para la ejecución de la programación Promoción del trabajo decente: inspección laboral, plataformas digitales, seguridad y salud, y negociación colectiva, seleccionada en el marco de la convocatoria Intercoonecta 2025, conforme a los términos establecidos en dicha convocatoria.

Dicha convocatoria, dirigida a entidades públicas españolas, tuvo por finalidad seleccionar las mejores propuestas de programaciones de capacitación técnica y/o de innovación, orientadas al fortalecimiento institucional de las administraciones públicas de América Latina y el Caribe y otros actores clave, contribuyendo así al fomento de un desarrollo sostenible e inclusivo, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la Resolución de 6 de mayo de 2025.

La ejecución de las actividades se desarrollará en modalidad virtual y/o presencial, según lo acordado en los procesos de cocreación entre la AECID y la entidad colaboradora. Las actividades virtuales se realizarán en la plataforma Intercoonecta, mientras que las presenciales se celebrarán en uno de los siguientes Centros de Formación de la Cooperación Española: Cartagena de Indias (Colombia), Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), La Antigua (Guatemala) y en la Oficina de la Cooperación Española en Montevideo (Uruguay). La AECID determinará la sede específica para cada programación en función de su disponibilidad y pertinencia.

Esta programación se centra en la promoción del trabajo decente, y la mejora de los derechos laborales y para ello se centra en aspectos esenciales como: inspección laboral y consolidación de la Red Iberoamericana de Inspectores (REDIBIT), plataformas digitales, seguridad y salud, y negociación colectiva. Además, del impulso de las capacidades técnicas e institucionales, y la incorporación de un enfoque transversal de igualdad, no discriminación y seguridad y salud en el trabajo frente a los retos del cambio climático.

Lograr empleo decente y la protección del derecho fundamental a un entorno de trabajo seguro, saludable y digno, asegurando que las condiciones laborales favorezcan el desarrollo pleno de las trabajadoras y trabajadores, previniendo riesgos que afecten su integridad física y bienestar.

Fortalecer la negociación colectiva moderna e inclusiva, promoviendo entornos laborales regulados, participativos y resilientes, que garanticen la protección de derechos laborales y la mejora de condiciones de trabajo para todas las personas.

Modernizar políticas públicas y legislación para el trabajo en plataformas digitales, generando estándares comunes en la región y fortaleciendo la cooperación frente a nuevas formas de empleo, garantizando entornos laborales inclusivos y seguros.

Para lograrlo se proponen una serie de actividades:

Actividad 1: Políticas públicas para el trabajo decente en plataformas digitales. Segundo semestre de 2026 y primer semestre de 2027.

Actividad 2: Avances en los estándares sobre trabajo decente en plataformas digitales en América Latina y el Caribe. Primer semestre de 2027.

Actividad 3: Capacitación en habilidades necesarias para el desarrollo de una actuación inspectora eficaz, especialmente en materia de lucha contra la discriminación por razón de género. Primer semestre de 2027.

Actividad 4: Impacto del cambio climático sobre la seguridad y salud en el trabajo. Segundo semestre de 2026.

Actividad 5: Gestión de la seguridad y salud en el trabajo con perspectiva de género y edad. Segundo semestre de 2026.

Actividad 6: Una visión compartida de la negociación colectiva: diagnóstico, diálogo y oportunidades de mejora. Segundo semestre de 2026.

Compromisos de la AECID.

a) La designación de un equipo técnico acorde a la naturaleza de las propuestas seleccionadas, para trabajar conjuntamente con la entidad colaboradora en el proceso de diseño y formulación de las actividades durante la fase de cocreación.

b) El apoyo a la entidad durante la fase de ejecución de las programaciones en aspectos conceptuales, metodológicos, técnicos y de logística para contribuir al logro de los objetivos, tanto de la programación como de cada una de sus actividades.

c) La puesta a disposición, administración y mantenimiento de un sistema de gestión integral de las actividades, que incluye la publicación, la inscripción y la selección de personas que realicen la actividad.

d) La difusión, en colaboración con la entidad organizadora, de las convocatorias de actividades y de sus contenidos y resultados.

e) La AECID financiará la edición, maquetación y corrección de estilo de los productos de conocimiento y comunicación resultantes de la programación y/o de alguna de sus actividades. Esta financiación estará sujeta a la disponibilidad presupuestaria y a la tramitación conforme a lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en lo que resulte aplicable.

f) El seguimiento y evaluación de las programaciones de acuerdo con los sistemas e instrumentos internos de la AECID.

g) La autorización de la cancelación o aplazamiento de una actividad previa solicitud y justificación por parte de la entidad participante.

h) La cancelación o aplazamiento de una actividad en caso de no cumplirse los plazos indicados en el apartado 5.3.k) de la convocatoria Intercoonecta.

i) La cancelación o aplazamiento de una actividad en caso de no haber recibido, al menos cuatro semanas antes de la fecha de inicio programada, un número mínimo de candidaturas (al menos un 30% del número de plazas ofertadas).

j) La AECID, a través de sus Unidades de Cooperación Española, gestionará directamente el alojamiento y manutención de los participantes destinatarios de las actividades.

k) Si en el momento en el que se suscribe el convenio el lugar en el que se ejecutarán todas las actividades no se ha definido, será AECID quien lo determine.

Compromisos de la Entidad colaboradora.

a) La ejecución del ciclo completo de gestión de la programación, que incluye para cada actividad:

1.º diseño y formulación de cada actividad (de acuerdo con el documento de formulación de actividad), con el establecimiento de objetivos de conocimiento, de la metodología y contenidos, materiales formativos y formatos de aprendizaje e innovación;

2.º la planificación, incluyendo los recursos (humanos y técnicos) necesarios y el cronograma;

3.º la realización a través de la plataforma virtual de Intercoonecta o presencial en los centros de formación;

4.º el seguimiento y la evaluación de su calidad e impacto;

5.º la realización o colaboración en los productos de conocimiento, si los hubiere.

b) El mantenimiento de una comunicación fluida con la AECID y con las entidades socias o aliadas, a través de la persona coordinadora de la programación.

c) La selección definitiva del equipo de diseñadores/as, expertos/as, profesores/as, docentes, tutores/as, coordinadores/as, gestores/as y todas las personas que participen en la ejecución de las actividades y en el desarrollo de los contenidos de los productos de conocimiento.

d) El pago al equipo anteriormente citado de las asistencias, remuneraciones y gastos de alojamiento, manutención y viajes que se pudieran derivar de su colaboración en las actividades presenciales en los Centros de Formación y en la Oficina de Cooperación de Uruguay.

e) Las funciones y tareas de coordinación y gestión de las actividades que se realizarán en la plataforma virtual de Intercoonecta, tales como la gestión de candidaturas, impulso de las actividades, incluidos foros, la evaluación de los/las participantes y la incorporación de documentación.

f) Las funciones y tareas de comunicación, en coordinación con la AECID, propias de las actividades tales como la difusión de las convocatorias a las instituciones homólogas de la región, la producción o difusión de productos de comunicación.

g) Aplicación y cumplimiento de las normas de identidad corporativa de la AECID en las acciones y tareas asociadas a la comunicación de las actividades.

h) El envío de la documentación necesaria para la publicación y difusión de las convocatorias de actividades con un mínimo de tres meses previos a su realización.

i) La identificación y selección, en colaboración con la AECID, de las personas que participen en las actividades de capacitación técnica y actividades de innovación.

j) La comunicación a la AECID de la cancelación o aplazamiento de una actividad con al menos un mes de antelación a la fecha de inicio programada para las actividades virtuales y dos meses en el de presenciales y, en cualquier caso, con anterioridad a la comunicación de la selección de participantes. En ambas situaciones se deberán justificar debidamente los motivos de la solicitud y, en el caso de aplazamiento, quedará sujeta a la autorización de la AECID y podrá conllevar la cancelación de la actividad.

k) El cumplimiento de los plazos indicados en la presente convocatoria que se resumen a continuación:

1.º Cinco meses antes del inicio de la actividad: entrega del documento de formulación de actividad e inicio de la planificación metodológica de la misma.

2.º Tres meses antes del inicio de la actividad: publicación y difusión de la convocatoria.

3.º Un mes antes del inicio de la actividad virtual: selección de los/las participantes para actividades virtuales.

4.º Dos meses antes del inicio de la actividad presencial: selección de los/las participantes para actividades presenciales.

l) La entidad organizadora tendrá la obligación de cumplir con los plazos y términos establecidos en la convocatoria.

m) La cesión a la AECID de los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de los estudios a los que se hace referencia en el apartado 3.9. de la Resolución de convocatoria del Programa Intercoonecta de 6 de mayo de 2025 y cualesquiera otros documentos u obras producidas como consecuencia de la ejecución de las actividades de las programaciones objeto de esta convocatoria.

Financiación. El presente convenio no supone ningún compromiso de transferencia económica entre las entidades firmantes. La AECID, como entidad del Sector Público incluida en los Presupuestos Generales del Estado de España, financiará las obligaciones que asume en este convenio con cargo a las aplicaciones presupuestarias 12.302.03.143A.226.15, 12.302.03.143A.227.15, 12.302.03.143A.233. MITES, financiará con cargo a su presupuesto las obligaciones que asume en este convenio a través de los expedientes concretos tramitados a tal fin.

Cada una de las partes firmantes asumirá los costes derivados de la ejecución del presente convenio:

La AECID, financiará, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2026 y 2027, a través de sus Centros de Formación de la Cooperación Española en: Santa Cruz de la Sierra, Bolivia; Cartagena de Indias, Colombia; La Antigua, Guatemala las obligaciones asumidas en la cláusula segunda por un importe de hasta 111.021 euros.

El MITES, financiará, siempre que para ello haya crédito adecuado y suficiente en el ejercicio 2026 y 2027, la obligación asumida en la letra d de la cláusula tercera conforme con Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

Estos importes se ajustarán a las actividades previstas, garantizando la proporcionalidad y la coherencia con los compromisos asumidos.

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